El 2016 y el valor de la vida de las mujeres
Silvana Del Valle, Abogada, LL.M., J.S.D.

miguelsantiago

 

 

En estos días de fiesta, la condena de Miguel Andrew Santiago Donoso por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago se nos muestra como el reflejo de la impunidad que el continuo de violencia contra las mujeres tiene en nuestro país.

 

 

 

 

Empezamos el 2016 en alerta


Con ya 58 femicidios concretados, decenas de femicidios frustrados y miles de violaciones, abusos sexuales, acosos en el espacio público y privado y otros ataques machistas, el fallo judicial viene a confirmar la confinación de la vida de las mujeres a espacios del menor valor social. Con esta sentencia que condena a Miguel Santiago ante la irrefutabilidad de su acto de extremo desprecio por la vida de Fraulein Alfaro (38) y sus pequeñas hijas Natalia (2) y María Jesús (7), pero que lo hace asignándole la pena más baja posible, una condena única de presidio perpetuo simple, el Tribunal marca el corolario del continuo de violencia que estas tres mujeres sufrieron a lo largo de su vida y después de su muerte.

En efecto, el fallo demuestra la desconexión de las autoridades con la realidad que vivimos las mujeres comunes de nuestro país. Una realidad que nos somete a cumplir el rol de princesas en nuestra infancia, nos segrega en la elección de nuestro futuro profesional en nuestra adolescencia mediante diversos instrumentos incluyendo a la PSU, y nos obliga a vivir en la precarización laboral durante nuestra adultez. Las autoridades replican con esta sentencia la cosificación que femicidas como Miguel Santiago ejercen sobre mujeres y niñas.

Más allá de la satisfacción que tanto el Ministerio Público como el SERNAM, la Intendencia Metropolitana y el SENAME manifiestan por haber conseguido que Miguel Santiago fuera declarado culpable, debemos declararnos alertas y preocupadas, porque esta condena no hace sino minimizar el actuar del femicida. Aunque Miguel Santiago sometió por años a Fraulein, Natalia y María Jesús a su control, aislándolas de sus familiares, amigos e incluso otros niños y niñas, para luego quitar la vida a cada una de ellas, la Fiscalía y los querellantes vieron su actuar persecutor limitado a una ley y una interpretación de la misma que no considera el odio femicida como causal alguna de agravamiento de la pena. Estas instituciones sólo pudieron perseguir el asesinato de Fraulein como femicidio, quedando registrados los asesinatos de Natalia y María Jesús como parricidios, y ninguno de los tres casos pudo aspirar a una pena mayor a la de cualquier otro parricidio. Peor aún, debido a que el Tribunal rechazó sin fundamentos serios las agravantes alegadas, los persecutores debieron reducir su aspiración de solicitar una condena de presidio perpetuo calificado por cada uno de los asesinatos, y la defensa se atrevió a reducir su solicitud de un solo presidio perpetuo calificado a la insignificante pena de presidio mayor en su grado máximo. Ante esto el tribunal, “salomónicamente”, aplicó la pena de un único presidio perpetuo simple.

Nos preguntamos cómo es posible que las magistradas rechazaran las tres agravantes por razones que resultan incluso contradictorias si no es, tal como las hermanas de Fraulein claman, por una “absoluta falta de capacidad de ponerse en el lugar de otras mujeres”. La premeditación conocida fue rechazada por “no existir suficientes pruebas”, en circunstancias de que con un mes de antelación Miguel Santiago llamó al cementerio para preguntar cómo iban los arreglos de la tumba, y escribió incluso una carta para preparar sus misas y funerales. La alevosía fue rechazada porque asfixiar a cada una de estas mujeres durante el sueño no fue una circunstancia que el femicida buscase para asegurar su actuar en la desprevención de sus víctimas, aunque procedió entre las 3 y 4 A.M. cuando las tres ya tenían un sueño profundo, obviando incluso jurisprudencia del mismo tribunal. El abuso de la fuerza física fue rechazado porque el femicida habría aplicado “sólo” una mínima fuerza para conseguir el acto de matar. Nos preguntamos qué otra fuerza podría haber empleado un hombre de 80 kilos contra una mujer de 48 kilos y dos niñas de alrededor de 24 y 12 kilos respectivamente. ¿Cómo puede considerarse falta de abuso si Fraulein utilizando apenas sus manos, según las pruebas biológicas acreditadas, no tenía la más mínima capacidad de sacarse de encima a este hombre? ¿Cómo podrían las niñas siquiera intentar una defensa, si además cuando despertó María Jesús, su mal llamado padre la golpeó antes de asfixiarla? ¿Cómo Natalia, la bebé de 2 años, podría haber resistido siquiera un minuto una mano sobre su boca y nariz? Además, si Miguel Santiago empleó un “mínimo de fuerza”, no se comprende cómo se puede considerar que la circunstancia de estar las tres mujeres durmiendo no fue aprovechada alevosamente por éste.

También nos preguntamos cómo pudo el Tribunal, además de aceptar la atenuante de irreprochable conducta anterior, haber acogido la atenuante de participación sustancial con la investigación sólo por el hecho de que el femicida entregó muestras biológicas para la realización de peritajes. Sobre todo cuando las entregó sólo para asegurarse que las niñas fueran verdaderamente sus hijas biológicas, cuando estuvo prófugo seis días y jamás reconoció su participación en los hechos, ni siquiera mostrando un mínimo de arrepentimiento.

Finalmente, el crimen de Fraulein, María Jesús y Natalia nos muestra cómo la violencia sigue extendiéndose incluso después de ser asesinadas. El femicida pagó los costos de su defensa particular gracias a la venta de propiedades que heredó de Fraulein, las que le arrebató cuando murió su madre. Nuestra legislación no considera la indignidad automática de la herencia para el femicida. Por esto, como otros femicidas, Miguel Santiago siguió abusando económicamente de Fraulein hasta el día de hoy.

Estamos en alerta y nos manifestamos disconformes con la sentencia porque hace sólo unos días las autoridades de nuestro país, seguramente con justa razón, consideraron la vida de un policía como merecedora de una cadena perpetua calificada para sus homicidas, mientras la vida de Fraulein, Natalia y María Jesús en conjunto valen sólo una cadena perpetua simple. Es decir, menos de un tercio que la vida de dicho policía. Nos preguntamos, con preocupación e indignación, hasta cuándo las autoridades seguirán minimizando el continuo de violencia machista, hasta cuándo la vida de las mujeres comunes y corrientes de nuestro país seguirá valiendo tan poco.