agresores de mujeres fuera de cargo públicos

Por Priscila González Badilla. Feminista, integrante de la Coordinación Nacional de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres. Administradora pública, magíster en estudios de género por la Universidad de Chile. Docente adjunta a la Escuela de Ciencias Sociales de la Universidad de O’Higgins.

*Detalle de la imagen al final del texto.

Siguiendo la premisa de que la violencia contra las mujeres es estructural, el sector público se suma a la larga lista de espacios en los cuales podemos llegar a vivir violencia. En este sentido, la mayoría de las y los empleados públicos se rigen por el Estatuto Administrativo, que considera el acoso sexual como una conducta prohibida para las y los funcionarios. 

En 2020 la Corte Suprema revirtió un fallo en contra de Alex Muñoz Prado, administrador zonal de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, quien incluso previamente había reconocido los hechos claramente constitutivos de acoso sexual (tocaciones, acercamientos inapropiados e indeseados, lenguaje sexualizado, abrazos incómodos, entre otros). El caso ocurrió al interior del mismo Poder Judicial.

El razonamiento sobre el acoso sexual que la Corte expuso en el fallo no dio cuenta de los avances que se habían estado llevando a cabo en este poder del Estado, como las capacitaciones en perspectiva de género a los operadores de justicia, por cuanto se indica que, mediante estas conductas, el perpetrador no estaría solicitando a cambio favores de carácter sexual. Cabe mencionar que fueron seis funcionarias las que se hicieron parte de las denuncias. El acusado se reintegró a sus labores al interior del Poder Judicial. Entonces, ¿cómo es posible que frente a cada caso de abuso o acoso sexual en el sector público el llamado sea a denunciarlo? ¿Cuál es la confianza de las mujeres que viven violencia frente a este tipo de actuaciones?

Si bien no podríamos decir que es una opinión compartida por todo el Poder Judicial, aparte del caso y la manera en que afecta a las denunciantes, esta fue una señal muy potente cuyo efecto bien podría ser que desaliente otras posibles denuncias de situaciones de violencia

Otro ámbito sumamente cuestionado es el de las Fuerzas Armadas y de Orden, por cuanto las funcionarias se desempeñan en instituciones donde opera, por una parte, la jerarquía formal de las instituciones y, por otra, un fuerte machismo característico de la cultura organizacional castrense, que lleva a desestimar las denuncias o, más todavía, a inhibir a las mujeres de no iniciar ningún proceso y vivirlo en silencio, que suele terminar en la renuncia a estos espacios laborales. Con frecuencia vemos que las situaciones de acoso sexual suceden en ámbitos altamente masculinos, como las FF.AA., lo que constituye a su vez un acto simbólico mediante el cual se indica a las mujeres que ese lugar no les pertenece, que son intrusas y, por ello, se crea un ambiente laboral hostil y peligroso. 

Quien acosa sexualmente en el ámbito laboral se sirve de posiciones de poder para ejercer estas manifestaciones de la violencia. Por ello, no es raro encontrar que en la mayoría de los casos el perpetrador es un hombre con una posición jerárquica superior a la de la víctima, que suele ser una o varias mujeres en una posición de subordinación. Para el caso de las y los funcionarios públicos, es preciso remitirse a lo que indica el Estatuto Administrativo en la sección “De las obligaciones funcionarias”: 

“Realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los demás funcionarios. Se considerará como una acción de este tipo el acoso sexual, entendido según los términos del artículo 2°, inciso segundo, del Código del Trabajo, y la discriminación arbitraria, según la define el artículo 2° de la ley que establece medidas contra la discriminación” (Contraloría General de la República, 2018, p. 407).

La herramienta para determinar las responsabilidades por hechos de acoso sexual es el Sumario Administrativo, el cual debe instruirse por la jefatura de servicio al conocer los hechos. Para ello se designa a un fiscal, el cual debe tener un rango igual o superior a los posibles inculpados. Pongámonos en la hipotética situación en que ese fiscal designado es compañero de oficina o incluso amigo del posible inculpado. Si bien el fiscal debe mencionar sus posibles inhabilidades, no es extraño pensar que podría operar la complicidad masculina, en la que, si bien cumpliendo con los procedimientos, veamos desplegada “Esa capacidad de establecer alianzas con otros hombres aun sean desconocidos, que nos conecta, nos mantiene en una misma sintonía frente a lo que va pasando”, en palabras de Oscar Acuña. 

De esta manera, el sumario administrativo como herramienta para determinar las responsabilidades en materia de acoso sexual es sumamente insuficiente para la complejidad de las situaciones en las que se denuncia violencia machista. Todo lo anterior se intensifica cuando el denunciado ostenta un cargo de elección popular o es parte de la alta jerarquía funcionaria de una organización pública. 

La Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres en la campaña ¡Cuidado! El machismo mata de 2017, lanzó el afiche “Agresores de mujeres fuera de cargos públicos”, por cuanto en nuestro trabajo activista hemos sido testigos de cómo las mujeres agredidas por funcionarios y autoridades públicas no consiguen la justicia que merecen, pues se someten a procesos extenuantes, revictimizantes y sobre ellas siempre se aprecia un manto de sospecha. Por lo general, las denunciantes renuncian a sus trabajos, mientras la vida laboral de los agresores no se ve mermada. Esto se extiende también a estudiantes de universidades públicas y a usuarias de los servicios. 

Recientemente ha pasado al borrador de la Nueva Constitución el artículo que indica que “no podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales y de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a corrupción como fraude al fisco, lavado de activos, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos y los demás que así establezca la ley. Los términos y plazos de estas inhabilidades se determinarán por ley”. Incluir en este articulado los delitos sexuales y de violencia intrafamiliar avanza en la dirección que nuestro mensaje de 2017 apunta

No es comprensible que el principio de probidad administrativa, que considera una conducta funcionaria intachable, no haya hecho real eco de esta situación, por cuanto es el sector público el llamado a dar cuenta de los valores y principios de la sociedad que queremos construir: una que esté libre de violencia machista. Sin duda, sus exponentes no debiesen tener cabida ni amparo en la Nueva Constitución y las leyes que de ella deriven. 

La aprobación de artículos que apuntan a consagrar el derecho a una vida libre de violencia, los derechos sexuales y reproductivos, el reconocimiento al trabajo doméstico y de cuidados, la perspectiva de género en el sistema judicial, la soberanía alimentaria, han sido impulsadas, apoyados y/o promovidas por organizaciones feministas, entre ellas la Red Chilena, por lo que se enmarcan en un proceso de reflexión profunda y de trabajo activista que desde hace décadas pretende transformar la sociedad para que podamos erradicar la violencia machista. Mantener a agresores de mujeres fuera de cargos públicos es una acción más que contribuirá a ello.

¡Firmes y convencidas, aprobamos de salida! 


Referencias consultadas: 


*En la imagen se puede observar a algunos de los agresores de mujeres que están o han estado en cargos públicos y que la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres ha contribuido a visibilizar: Ricardo Rincón, ex diputado; Mario Gierke, alcalde de Cabrero; Juan Carlos Reinao, alcalde de Renaico; Felipe Guevara, ex alcalde de Lo Barnechea, ex intendente de Santiago; Daniel Melo, ex diputado; Álvaro Ortíz, alcalde de Concepción; Raúl (Flor) Alarcón, ex diputado; Jorge Saffirio, ex director de Serviu de La Araucanía; Roberto Robledo, fiscal adjunto de Ministerio Público; Francisco Placencia, ex concejal de Hualqui; Camilo Para Soto, concejal de Til Til.